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Propiedades

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Aviso ante la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE)  (1) expand_more expand_less

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Notificar la adquisición
(última modificación: 13/03/2023)

Si la sociedad mexicana que admite inversionistas extranjeros, adquiere un inmueble ubicado en la zona costera o fronteriza y se va a destinar a fines no residenciales, con posterioridad a la compraventa del inmueble deberá presentar el aviso de adquisición de inmuebles ante la Secretaría de Relaciones Exteriores (Ley de Inversión Extranjera, artículo 10, fracción I). 

El formato y los costos pueden ser consultados aquí.

La zona costera o fronteriza comprende 100 kilómetros desde cualquier frontera y desde 50 kilómetros desde cualquier costa.

¿Dónde debe ir?

Entidad a cargo

Secretaría de Relaciones Exteriores.

Avenida Independencia 82, Colonia Centro, Ciudad de México 06010
Tel: +52 (55) 3686 5100, Exts. 6419, 6126, 6407, 6416
Sitio web: artículo27@sre.gob.mx

Persona a cargo

Marcelino Miranda Aceves

Coordinador de Enlace y Seguimiento de Procedimientos
Tel: +52 (55) 3686-5100, Ext.6431, 6423, 5234
Correo: articulo27@sre.gob.mx

¿Qué obtendrá?

Constancia Constancia

¿Qué información y documentos debe suministrar?

1. Formato FF-SRE-010
Formato FF-SRE-010 (original)

Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 02 de agosto de 2018, señalando la fecha, denominación o razón social de la persona moral, nombre del representante legal, domicilio para oír y recibir notificaciones en territorio nacional, fecha de adquisición y número de instrumento público. La solicitud deberá contener firma autógrafa.

2. Ubicación y descripción del inmueble
Ubicación y descripción del inmueble
3. Descripción clara y precisa de los usos a los que se destinará el inmueble de que se trate
Descripción clara y precisa de los usos a los que se destinará el inmueble de que se trate
4. Instrumento público en el que conste la formalización de la adquisición
Instrumento público en el que conste la formalización de la adquisición (copia simple)

Debidamente autorizada por el fedatario.

5. Aviso de pago de derechos (artículo 25 de la Ley Federal de Derechos)
Aviso de pago de derechos (artículo 25 de la Ley Federal de Derechos) (original + copia simple)

Si el aviso es presentado en tiempo, deberá cubrir el pago de derechos por la cantidad que establece el artículo 25, fracción X de la Ley Federal de Derechos vigente, en cualquier institución bancaria, o bien, mediante una transferencia electrónica de fondos en las instituciones de crédito certificadas. Si el aviso es presentado en forma extemporánea, deberá cubrir el pago de derechos por la cantidad que establece el artículo 25, fracción XI inciso d) de la Ley Federal de Derechos vigente.

Costo MXN 1,210

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  • MXN Add Name Here
En caso de presentarse dentro de los 60 días hábiles siguientes a la adquisición
MXN 1,210
Por la presentación de aviso de adquisición de bienes inmuebles por sociedades mexicanas con cláusula de admisión de extranjeros en zona restringida, destinados a fines no residenciales.
En caso de presentarse después de los 60 días hábiles siguientes a la adquisición
MXN 9,285
Por la presentación extemporánea de aviso de adquisición de bienes inmuebles por sociedades mexicanas con cláusula de admisión de extranjeros en zona restringida, destinados a fines no residenciales.
El pago debe hacerse en cualquier institución bancaria, o bien, mediante una transferencia electrónica de fondos en las instituciones de crédito certificadas.

¿Cuánto dura?

La autoridad cuenta con 5 días hábiles para resolver. En ese mismo plazo podría realizar un requerimiento al particular, En caso de que transcurran los 5 días hábiles sin que se haga requerimiento alguno, el trámite se considerará que se presentó correctamente.

¿Qué normas justifican este trámite?

1. Ley de Inversión Extranjera
Ley de Inversión Extranjera
Art: 10, frac. I
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