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Propiedades

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Registrar al representante legal del contribuyente expand_more expand_less
Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras (CNIE) expand_more expand_less
Autorización para la utilización de la inversión neutra expand_more expand_less
Contrato de adquisición de acciones o partes sociales  (1) expand_more expand_less
Protocolización del contrato para la adquisición de acciones o partes sociales expand_more expand_less
Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE) expand_more expand_less

Obtener autorización para la utilización del mecanismo de la inversión neutra
(última modificación: 19/07/2022)

La inversión neutra es el mecanismo establecido en la LIE para permitir que sociedades mexicanas se alleguen de capital foráneo que, en términos de la ley no se considera mexicana ni extranjera, de ahí su denominación de neutra.

El trámite puede realizarse de manera presencial o en línea a través del sistema SAJIE , así como en cualquier Oficina de Representación de la Secretaría de Economía.

Presenta tu solicitud en línea

language Da clic aquí

¿Dónde debe ir?

Entidad a cargo

Secretaría de Economía (Torre Insurgentes - Invierte en México) (ER)

Av. Insurgentes Sur 1940, Colonia Florida, Ciudad de México 01030
Tel: +52 (55) 5229 6100 / +52 (55) 5629 9500
Correo: invierteenmexico@economia.gob.mx
Sitio web: https://www.gob.mx/se
Ubicación: Google maps

Unidad a cargo

Dirección General de Inversión Extranjera (Invierte en México) (ER)

Lun: 09:00 - 14:00
Mar: 09:00 - 14:00
Mié: 09:00 - 14:00
Jue: 09:00 - 14:00
Vie: 09:00 - 14:00
Sáb: cerrado
Dom: cerrado

Persona a cargo

Karla Fiorella Minutti Pérez (ER)

Coordinadora en la Dirección General de Inversión Extranjera
Tel: +52 (55) 5229 6100 Ext. 33402
Correo: karla.minutti@economia.gob.mx

¿Qué obtendrá?

Autorización para la utilización de la inversión neutra (ER)

¿Qué información y documentos debe suministrar?

Autorización para emitir acciones representativas de inversión neutra
1. Escrito libre de solicitud (ER)
Escrito libre de solicitud (ER) (original + copia simple)

Solicitud por escrito, en original y copia, que contenga: nombre de la sociedad mexicana solicitante; nombre del representante o quien promueve a nombre del solicitante; domicilio para oír y recibir notificaciones y, en su caso, las personas que las puedan recibir a nombre del solicitante; hechos o razones que dan motivo a la solicitud; datos corporativos de la sociedad mexicana solicitante (incluyendo sociedades filiales o subsidiarias) y actividad económica que desarrolle (o que pretenda desarrollar, en caso de nuevas sociedades); detalles del proyecto de inversión que se pretende llevar a cabo; lugar y fecha de la solicitud; y, firma autógrafa del representante o persona que actúa en su nombre.

2. Datos de la sociedad ya constituida (ER)
Datos de la sociedad ya constituida (ER) (original + copia simple)

Detallar la estructura actual de la sociedad y la estructura que pretende una vez obtenida la autorización.

3. Datos de la nueva sociedad (ER)
Datos de la nueva sociedad (ER) (original + copia simple)

Enviar la estructura propuesta. Presentar el documento que acredite fehacientemente el detalle de la estructura del capital social actual.

4. Poder notarial (ER)
Poder notarial (ER) (original + copia simple)

Poder otorgado ante fedatario público a favor de la persona que promueve a nombre del solicitante. Si el poder es otorgado en el extranjero, deberá estar legalizado o apostillado y, en caso en que se haya redactado en idioma distinto al español, deberá estar traducido al español por perito traductor íntegramente, incluyendo la apostilla. En caso de que el poder se redacte simultáneamente en español y en otro idioma, la traducción será necesaria sobre las partes redactadas en idioma distinto al español, como es el caso de la apostilla.

5. Acta constitutiva de la sociedad (ER)
Acta constitutiva de la sociedad (ER) (original + copia simple)

Para personas morales: instrumento de constitución, de ser extranjera, los documentos deben estar legalizados o apostillados y cuando fuere necesario, traducidos al español por perito traductor.

6. Documento que acredite la nacionalidad (ER)
Documento que acredite la nacionalidad (ER)

Para personas físicas: documento que acredite fehacientemente su nacionalidad.

7. Documento que acredite en favor de quien otorga derechos dicho fideicomiso (ER)
Documento que acredite en favor de quien otorga derechos dicho fideicomiso (ER) (original + copia simple)

Para el caso de fideicomisos: documento mediante el que acredite en favor de quien otorga derechos dicho fideicomiso.

8. Proyecto de estatutos sociales o modificaciones que pretendan realizar a una soc. constituida (ER)
Proyecto de estatutos sociales o modificaciones que pretendan realizar a una soc. constituida (ER) (original + copia simple)

Proyecto de estatutos sociales, en su caso, de las modificaciones que se pretendan realizar a una sociedad ya constituida.

9. Comprobante de pago de derechos (ER)
Comprobante de pago de derechos (ER) (original + copia simple)
10. Otros documentos (ER)
Otros documentos (ER) (original + copia simple)

En caso de que la sociedad haya tenido cambios en su denominación o razón social, fusión o alguna otra modificación a sus estatutos sociales, deberá adjuntar original y copia de los documentos en donde consten los cambios.

Autorización para emitir instrumentos representativos de inversión neutra (a través de fideicomisos):
1. Escrito libre de solicitud (ER)
Escrito libre de solicitud (ER) (original + copia simple)

Solicitud por escrito, en original y copia, que contenga: nombre de la sociedad mexicana o la institución financiera solicitante; nombre del representante o quien promueve a nombre del solicitante; domicilio para oír y recibir notificaciones y, en su caso, las personas que las puedan recibir a nombre del solicitante; datos generales de identificación de la institución fiduciaria; hechos o razones que dan motivo a la solicitud; actividad económica y estructura accionaria de la sociedad que pretenda transmitir sus acciones o partes sociales al patrimonio del fideicomiso; lugar y fecha de la solicitud; y, firma autógrafa del representante o persona que actúa en su nombre.

2. Poder notarial (ER)
Poder notarial (ER) (original + copia simple)

Poder otorgado ante fedatario público a favor de la persona que promueve a nombre del solicitante; en caso de que el poder se haya otorgado en el extranjero, deberá estar legalizado o apostillado, en caso de que se haya redactado en idioma distinto al español, deberá estar traducido íntegramente al español por perito traductor, incluyendo la apostilla. En caso de que el poder se redacte simultáneamente en español y en otro idioma, la traducción será necesaria sobre las partes redactadas en idioma distinto al español, como es el caso de la apostilla.

3. Acta constitutiva de la sociedad (ER)
Acta constitutiva de la sociedad (ER) (original + copia simple)

Para personas morales: instrumento de constitución, de ser extranjera, los documentos deben estar legalizados o apostillados y cuando fuere necesario, traducidos al español por perito traductor.

4. Documento que acredite la nacionalidad (ER)
Documento que acredite la nacionalidad (ER) (original + copia simple)

Para personas físicas: documento que acredite fehacientemente su nacionalidad.

5. Documento que acredite en favor de quien otorga derechos dicho fideicomiso (ER)
Documento que acredite en favor de quien otorga derechos dicho fideicomiso (ER) (original + copia simple)

Para el caso de fideicomisos: documento mediante el que acredite en favor de quien otorga derechos dicho fideicomiso.

6. Comprobante de pago de derechos (ER)
Comprobante de pago de derechos (ER) (original + copia simple)
7. Otros documentos (ER)
Otros documentos (ER) (original + copia simple)

En caso de que la sociedad haya tenido cambios en su denominación o razón social, fusión o alguna otra modificación a sus estatutos sociales, deberá adjuntar original y copia de los documentos en donde consten los cambios. Podrá adjuntar a la solicitud el proyecto de estatutos por los cuales se regirá la sociedad.

Costo MXN 8,307

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Puedes realizar tu pago directamente en las sucursales o mediante banca electrónica de los bancos o instituciones de crédito autorizadas.

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¿Cuánto dura?

  • El plazo de resolución es de 35 días hábiles.
  • Existe un plazo de prevención de 11 días hábiles.
  • Existe un plazo de respuesta a la prevención de por lo menos, cinco días hábiles.

¿Qué normas justifican este trámite?

1. Ley de Inversión Extranjera
Ley de Inversión Extranjera
Art: 19, 20 y 22
2. Resolución General por la que se establece el criterio del término control para efectos de la inversión neutra
Resolución General por la que se establece el criterio del término control para efectos de la inversión neutra
3. Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
Art: 22 y 23

Es bueno saber...

La inversión neutra puede estar representada por acciones serie “N” (emitidas por las sociedades mexicanas que cuentan con autorización) o por instrumentos neutros (emitidos por las instituciones fiduciarias que cuentan con autorización). En ambos casos, la inversión neutra representada por acciones o instrumentos neutros, otorga a los accionistas o tenedores derechos económicos plenos y derechos corporativos limitados.

La inversión neutra puede participar en las actividades reservadas a mexicanos y en las actividades con un límite máximo de inversión extranjera permitida.

Cualquier documento redactado en idioma distinto al español, deberá acompañarse de la traducción realizada por perito traductor. En caso del documento de constitución y los estatutos deberán estar legalizados ante cónsul mexicano o, cuando resulte aplicable, apostillados.

Los documentos deberán ser presentados en original y copia. Previo cotejo, los originales a excepción de la solicitud por escrito y el pago de derechos, serán devueltos al interesado al momento de la recepción presencial.

Utilización de la inversión neutra - Fideicomiso Utilización de la inversión neutra - Fideicomiso
Consulta la ficha de trámite en la CONAMER, homoclave SE-02-009 Consulta la ficha de trámite en la CONAMER, homoclave SE-02-009
Utilización de la inversión neutra - Emisión de acciones Utilización de la inversión neutra - Emisión de acciones
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