Este trámite te permite obtener el permiso para la descarga de aguas residuales que generas en cuerpos receptores, terrenos que sean bienes nacionales o en otros terrenos que puedan contaminar el subsuelo o los mantos acuíferos
Aguas residuales: son aguas con impurezas, provenientes de descargas de usos público urbano, doméstico, industrial, comercial, de servicios, agrícola, pecuario, de las plantas de tratamiento y en general, de cualquier uso, así como la mezcla de ellas.
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Costo( ver detalles ) |
MXN
7353
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Lun: | 08:00 - 15:00, 16:00 - 18:00 |
Mar: | 08:00 - 15:00, 16:00 - 18:00 |
Mié: | 08:00 - 15:00, 16:00 - 18:00 |
Jue: | 08:00 - 15:00, 16:00 - 18:00 |
Vie: | 08:00 - 15:00, 16:00 - 18:00 |
Sáb: | cerrado |
Dom: | cerrado |
Debe ser emitido por un laboratorio autorizado por la Secretaría de Economía y aprobado por la Comisión, a través del Sistema de Recepción de Análisis de Laboratorio (SIRALAB).
Dibujo en el que se indica la localización de la descarga y el proceso que da origen a la misma.
o las características de las obras (en su caso). Documento en el cual se describen las obras que se requieren para llevar a cabo la descarga de aguas residuales a cuerpos receptores de propiedad nacional y las características de éstas.
Documento que debe contener una descripción clara de los sistemas y procesos que se emplean para el tratamiento de las aguas resioduales.
Conocer la fuente de abastecimiento de agua con respecto de la cual se generara la descarga de aguas residuales que serán depositadas en un bien de propiedad nacional.
Documento que contiene una breve descripción de los insumos que se utilizan en el proceso que da origen a la descarga de agua residual.
Documento que contendrá las medidas de reuso que se utilizarán.
Documento que contiene todas las cuestiones técnicas que se deben tomar en consideración para el otorgamiento del permiso.
Documento que autoriza el uso del agua nacional, que por su utilización se da origen a la descarga de agua residual.
Señalar el tipo de cuerpo receptor donde llevará a cabo el depósito de sus aguas residuales.
Documento en el que se indique el uso del agua que da origen a la descarga, si esta proviene de servicios, industrial, entre otros.
Documento en el cual conste la constitución de la persona moral que solicita el trámite.
Documento en que se acredite que se otorgó un poder a un tercero para realizar el trámite en su nombre y representación.
Permiso de descarga de aguas residuales | |
o
MXN
7,352.76
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La CONAGUA cuenta con 60 días naturales para resolver el trámite y, en caso de que la autoridad haga un requerimiento, debe hacerlo dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de presentación del trámite. En este último caso, cuentas con 30 días hábiles para responder el requerimiento.
La vigencia del trámite es por treinta años, el otorgamiento del permiso no será menor de cinco ni mayor de treinta años.
Puedes realizar tu pago directamente en las sucursales o mediante banca electrónica de los bancos o instituciones de crédito autorizadas.