Costo( ver detalles ) |
Gratuito
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El trámite debe ser presentado por el empleador.
De acuerdo al domicilio de la persona física o moral.
En caso de personas extranjeras, deberán presentar tarjeta de residencia.
En papel membretado en la que señale la ocupación que desarrollará la persona extranjera conforme a la clasificación del Sistema Nacional de Clasificación de Ocupaciones o el que en su momento sustituya a éste, temporalidad (mayor a 180 días), lugar de trabajo, y monto de la remuneración.