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(última modificación: 14/04/2022)

Utilice este servicio para obtener respuesta oficial sobre información y criterios respecto del marco jurídico aplicable en materia de inversión extranjera.

La solicitud puede realizarse de manera presencial o en línea a través del sistema SAJIE o por e-mail en: contacto.sajie@economia.gob.mx.

Presenta tu solicitud en línea

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¿Dónde debe ir?

Entidad a cargo

Secretaría de Economía (Torre Insurgentes)

Av. Insurgentes Sur 1940 , col. Florida, Ciudad de México 01030
Tel: +52 (55) 5229 6100 / +52 (55) 5229 9100
Correo: contacto.ciudadano@economia.gob.mx
Sitio web: https://www.gob.mx/se

Unidad a cargo

Dirección General de Inversión Extranjera (Consultas SAJIE)

Lun: 09:00 - 14:00
Mar: 09:00 - 14:00
Mié: 09:00 - 14:00
Jue: 09:00 - 14:00
Vie: 09:00 - 14:00

Persona a cargo

Karla Fiorella Minutti Pérez

Coordinadora en la Dirección General de Inversión Extranjera
Tel: +52 (55) 5229 6100 Ext. 33402
Correo: karla.minutti@economia.gob.mx
Oficinas de Representación de la Secretaría de Economía Oficinas de Representación de la Secretaría de Economía

¿Qué obtendrá?

Respuesta a la consulta en materia de inversión extranjera Respuesta a la consulta en materia de inversión extranjera

¿Qué información y documentos debe suministrar?

Requisitos
1. Escrito libre de solicitud
Escrito libre de solicitud (original + copia simple)

Solicitud por escrito, en original y copia, que contenga: nombre o denominación social de quien solicita la consulta; nombre del representante o quien promueve en representación del solicitante; domicilio para oír y recibir notificaciones y, en su caso, las personas que las puedan recibir a nombre del solicitante, así como los hechos o razones que dan motivo a la consulta o solicitud de confirmación de criterio; lugar, fecha y firma autógrafa del interesado o de su representante legal.

2. Poder notarial
Poder notarial (original + copia simple)

Poder otorgado ante fedatario público a favor de la persona que promueve a nombre del solicitante. Si el poder es otorgado en el extranjero, debe estar legalizado o apostillado y, en caso de que se haya redactado en idioma distinto al español, deberá estar traducido al español por perito traductor. La traducción debe ser íntegra, incluyendo la apostilla. En caso de que el poder se redacte simultáneamente en español y en otro idioma, la traducción será necesaria sobre las partes redactadas en idioma distinto al español, como es el caso de la apostilla.

3. Comprobante de pago de derechos
Comprobante de pago de derechos (original + copia simple)

Costo MXN 826

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MXN 826
Consulta en materia de inversión extranjera

¿Cuánto dura?

El tiempo máximo de respuesta es de 3 meses. Dentro del mes siguiente a la recepción de la solicitud, se podrá emitir un requerimiento.

¿Qué normas justifican este trámite?

1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Art: 8
2. Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Art: 16, frac. VII
3. Ley Federal de Derechos
Ley Federal de Derechos
Art: 72

Es bueno saber...

Cuando se realice de manera presencial, los documentos deberán ser entregados en original y copia. Previo cotejo, los originales a excepción de la solicitud por escrito y el pago de derechos, serán devueltos al interesado al momento de la recepción.

Consulta la ficha de trámite en la CONAMER, homoclave SE-02-020 Consulta la ficha de trámite en la CONAMER, homoclave SE-02-020
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