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Registro Nacional de Inversiones Extranjeras  (1) expand_more expand_less

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Realizar consulta
(última modificación: 14/04/2022)

El Registro Nacional de Inversiones Extranjeras no tiene carácter público, por lo que las consultas que se hagan al mismo, solo las podrá realizar el represente legal de la sociedad mediante escrito libre y acompañado del poder notarial que acredite su personalidad. También la podrá realizar un autorizado por el representante legal mediante carta de autorización firmada en original y acompañada de los requisitos previamente descritos.

Bajo ningún supuesto, el Registro podrá otorgar información a terceros que no cumplan con lo establecido en el párrafo anterior.

La solicitud se puede presentar en línea, mediante correo electrónico (tramites.rnie@economia.gob.mx) o de manera presencial en en cualquiera de las oficinas de representación de la Secretaría de Economía.

¿Dónde debe ir?

Entidad a cargo

Secretaría de Economía (Torre Insurgentes)

Av. Insurgentes Sur 1940 , col. Florida, Ciudad de México 01030
Tel: +52 (55) 5229 6100 / +52 (55) 5229 9100
Correo: contacto.ciudadano@economia.gob.mx
Sitio web: https://www.gob.mx/se

Unidad a cargo

Dirección General de Inversión Extranjera (Consultas RNIE)

Lun: 09:00 - 14:00
Mar: 09:00 - 14:00
Mié: 09:00 - 14:00
Jue: 09:00 - 14:00
Vie: 09:00 - 14:00
Sáb: cerrado
Dom: cerrado

Persona a cargo

César Augusto Rivera Roa

Director de Asuntos Jurídicos y de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras
Tel: +52 (55) 5229 6100 Ext. 33409
Correo: tramites.rnie@economia.gob.mx
Oficinas de Representación de la Secretaría de Economía Oficinas de Representación de la Secretaría de Economía

¿Qué obtendrá?

Respuesta a la consulta en materia de inversión extranjera Respuesta a la consulta en materia de inversión extranjera

¿Qué información y documentos debe suministrar?

Requisitos
1. Escrito libre de solicitud
Escrito libre de solicitud (original + copia simple)

Solicitud por escrito, en original y copia, que contenga: nombre del representante o quien promueve en representación del solicitante; domicilio para oír y recibir notificaciones y, en su caso, las personas que las puedan recibir a nombre del solicitante, así como los hechos o razones que dan motivo a la consulta o solicitud de confirmación de criterio; lugar, fecha y firma autógrafa del interesado o de su representante legal.

En caso de representante legal
1. Poder notarial
Poder notarial (original + copia simple)

Poder otorgado ante fedatario público a favor de la persona que promueve a nombre del solicitante. Si el poder es otorgado en el extranjero, debe estar legalizado o apostillado y, en caso de que se haya redactado en idioma distinto al español, deberá estar traducido al español por perito traductor. La traducción debe ser íntegra, incluyendo la apostilla. En caso de que el poder se redacte simultáneamente en español y en otro idioma, la traducción será necesaria sobre las partes redactadas en idioma distinto al español, como es el caso de la apostilla.

2. Identificación oficial vigente del representante legal (INE, IFE, Pasaporte o Cédula porfesional)
Identificación oficial vigente del representante legal (INE, IFE, Pasaporte o Cédula porfesional) (original + copia simple)
En caso de autorizado
1. Carta de autorización para realizar trámites ante el RNIE
Carta de autorización para realizar trámites ante el RNIE (original + copia simple)
2. Identificación Oficial vigente del Autorizado (IFE, INE, Pasaporte o  Cédula profesional)
Identificación Oficial vigente del Autorizado (IFE, INE, Pasaporte o Cédula profesional) (original + copia simple)
3. Poder notarial
Poder notarial (original + copia simple)

Poder otorgado ante fedatario público a favor de la persona que promueve a nombre del solicitante. Si el poder es otorgado en el extranjero, debe estar legalizado o apostillado y, en caso de que se haya redactado en idioma distinto al español, deberá estar traducido al español por perito traductor. La traducción debe ser íntegra, incluyendo la apostilla. En caso de que el poder se redacte simultáneamente en español y en otro idioma, la traducción será necesaria sobre las partes redactadas en idioma distinto al español, como es el caso de la apostilla.

4. Identificación oficial vigente del representante legal (INE, IFE, Pasaporte o Cédula porfesional)
Identificación oficial vigente del representante legal (INE, IFE, Pasaporte o Cédula porfesional) (original + copia simple)

Costo Free

Trámite gratuito

¿Cuánto dura?

El tiempo máximo de respuesta es de 3 meses.

¿Qué normas justifican este trámite?

1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Art: 8
2. Ley de Inversión Extranjera
Ley de Inversión Extranjera
Art: 31 El Registro no tendrá carácter público.
3. Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
Art: 32 La Secretaría no podrá proporcionar a terceros la información que contengan los expedientes del Registro sobre los sujetos inscritos en particular. Sólo podrán consultar los expedientes que obren en el Registro quienes acrediten fehacientemente su personalidad o el carácter de apoderado de los sujetos inscritos, obligados a inscribirse o a realizar inscripciones ante el Registro.
4. Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Art: 16, frac. VII

Es bueno saber...

Los documentos deberán ser presentados en original y copia. Previo cotejo, los originales a excepción de la solicitud por escrito, serán devueltos al interesado al momento de la recepción.

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