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Dar de baja a un trabajador
(última modificación: 14/04/2022)

Hay que realizar el trámite cuando se dé de baja a un trabajador.

Para mayor información, haga clic aquí.

Presenta tu solicitud en línea

language Da clic aquí

¿Dónde debe ir?

Entidad a cargo

Instituto Mexicano del Seguro Social

Unidad a cargo

Dirección de Incorporación y Recaudación

Lun: 08:00 - 15:30
Mar: 08:00 - 15:30
Mié: 08:00 - 15:30
Jue: 08:00 - 15:30
Vie: 08:00 - 15:30
Sáb: cerrado
Dom: cerrado

Persona a cargo

Adriana Alejandra Pedroza Márquez.

Titular de la Coordinación de Afiliación
Tel: +52 (800) 623 2323
Correo: adriana.pedroza@imss.gob.mx
Haga clic aquí para ubicar la oficina que le corresponde Haga clic aquí para ubicar la oficina que le corresponde

¿Qué obtendrá?

Aviso de baja del trabajador Aviso de baja del trabajador

¿Qué información y documentos debe suministrar?

En línea
1. Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y Certificado Digital
Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y Certificado Digital

Datos que te otorga el IMSS al darte de alta como empleador.

2. Contraseña otorgada por el IMSS
Contraseña otorgada por el IMSS

Esta contraseña te la otorga el IMSS cuando te registras como empleador.

3. Captura de datos
Captura de datos

En el sistema se debe de capturar lo siguiente: Registro Patronal, tipo de movimiento, Número de Seguridad Social (NSS), digito verificador del NSS, nombre completo del trabajador, Clave del trabajador, Clave Única de Registro de Población (CURP), Unidad de Medicina Familiar (UMF), salario diario integrado, tipo de trabajador, tipo de salario, tipo de jornada y fecha de movimiento.

Presencial
1. Aviso de Baja del Trabajador (AFIL-04)
Aviso de Baja del Trabajador (AFIL-04) (original + 2 copias)

Nota: Se recibirán los avisos impresos, únicamente si la presentación no excede de cinco avisos afiliatorios.

2. Tarjeta de Identificación Patronal (TIP)
Tarjeta de Identificación Patronal (TIP) (original)
3. Sistema de Acopio Interactivo de Información Afiliatoria (SAIIA-01)
Sistema de Acopio Interactivo de Información Afiliatoria (SAIIA-01) (original + copia simple)
4. Archivo con la estructura establecida por el IMSS y a través de la aplicación DISPMAG
Archivo con la estructura establecida por el IMSS y a través de la aplicación DISPMAG (original)

Costo Free

El costo depende de un cálculo previo

¿Qué normas justifican este trámite?

1. Ley del Seguro Social
Ley del Seguro Social
Art: 15, 34, 37 y 237
2. Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización
Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización
Art: 45, 53 y 57

Es bueno saber...

  • Los documentos y formatos que se presenten para notificar al Instituto cualquier movimiento afiliatorio de los trabajadores, no deberán presentar tachaduras o enmendaduras en fecha de movimiento y Salario Base de Cotización.
  • Serán motivo de rechazo los documentos y formatos que carezcan de la firma del trabajador, patrón o representante legal, o carezca de los datos necesarios para su correcto proceso, y los dispositivos magnéticos que no contengan la información al 100% correcta para su proceso, sin que se dé el supuesto de recepción por parte del Instituto.
  • La presentación de los movimientos afiliatorios deberá efectuarse dentro del plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir de la realización de los supuestos. La presentación de los movimientos afiliatorios para trabajadores del campo deberá efectuarse dentro del plazo no mayor a siete días hábiles contados a partir de la realización de los supuestos.
  • En el caso de la presentación extemporánea del aviso de baja del trabajador, éste surtirá efectos a partir del día siguiente al de su recepción por el Instituto, con excepción de los casos en que el propio Instituto hubiera dictaminado pensiones de riesgos de trabajo o de invalidez, en cuyo caso la baja del trabajador surtirá efectos a partir de la fecha que en el aviso se señale.
  • El asegurado inscrito en el régimen obligatorio del seguro social que se encuentre en estado de huelga, podrá solicitar por escrito su baja con el patrón o sujeto obligado que lo inscribió para realizar trámites para pensión o inscripción en la continuación voluntaria del régimen obligatorio.
  • Los avisos de baja de los trabajadores incapacitados temporalmente para el trabajo, no surtirán efectos para las finalidades del seguro social, mientras dure el estado de incapacidad.
  • La presentación de movimientos afiliatorios mediante dispositivo magnético, invariablemente se deberá generar en los programas autorizados por el Instituto para este fin, etiquetar los dispositivos con la descripción de los movimientos de que se trate, cantidad de éstos y registro patronal. Asimismo, deberá corresponder a un solo registro patronal y cuando la información sea presentada mediante (CD, DVD o USB), deberá presentar listado de respaldo de la información contenida en el archivo.
  • La comunicación de movimientos afiliatorios a través de dispositivo magnético puede realizarse cuando la información se obtenga de los procesos automatizados de nómina o contabilidad de la empresa, atendiendo las especificaciones descritas en "especificaciones para dispositivos magnéticos" a fin de determinar la compatibilidad con el Instituto, y en caso de no contar con estos procesos, podrá solicitar al Instituto sin costo, el paquete de captura de información en diskette de 3 1/2, CD, DVD, USB u obtenerlo de la página web www.imss.gob.mx.
  • Se utilizarán dispositivos magnéticos por separado cuando se pretenda presentar movimientos afiliatorios de un mismo tipo "oportunos" y "extemporáneos".
  • En la presentación de movimientos afiliatorios a través de medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto ópticos o de cualquier otra naturaleza, el patrón, en un plazo de tres días hábiles contados a partir de la entrega de la constancia de aceptación por parte del Instituto de los movimientos afiliatorios, podrá realizar las aclaraciones que procedan. En caso contrario se tendrá por consentida.
  • La recepción de movimientos afiliatorios podrá realizarse mediante el IDSE a través de la firma digital o, de forma presencial en la Subdelegación u Oficina Auxiliar de Afiliación y Cobranza de control del registro patronal cuando los movimientos afiliatorios se presenten por dispositivo magnético o documento impreso. Se reciben en documento impreso únicamente si la presentación no excede de 5 avisos afiliatorios.
Consulta la ficha de trámite en la CONAMER, homoclave IMSS-02-009 Consulta la ficha de trámite en la CONAMER, homoclave IMSS-02-009
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