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Costo( ver detalles ) |
Gratuito
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Lun: | 09:00 - 18:00 |
Mar: | 09:00 - 18:00 |
Mié: | 09:00 - 18:00 |
Jue: | 09:00 - 18:00 |
Vie: | 09:00 - 18:00 |
En el que se especifiquen: a) Número del programa IMMEX; b) Los datos de la mercancía a importar temporalmente, incluyendo: 1. Fracción arancelaria y unidad de medida, de conformidad con la Tarifa; 2. Volumen máximo a importar en el año y su valor en dólares, y 3. Domicilio en el que permanecerá la mercancía. c) Los datos del producto final a exportar que se elaborará con las mercancías a que se refiere el inciso b) anterior, incluyendo: 1. La descripción, en los mismos términos en que se señale en el pedimento de exportación, la cual deberá permitir relacionarla con la descripción comercial de la factura, y 2. Fracción arancelaria y unidad de medida, de conformidad con la Tarifa.
Desglosado por fracción arancelaria, acompañado del correo electrónico donde se notificará la resolución al solicitante. En caso de que sean más de cinco fracciones arancelarias el solicitante deberá enviar el volumen total solicitado, desglosado por fracción arancelaria, en un archivo Excel (XLS) al correo electrónico immex.sesible@economia.gob.mx. Una vez recibida la solicitud correspondiente, el Contador Público Registrado a que se refiere la fracción II de la presente regla deberá ratificar el contenido del reporte de que se trate a más tardar dos días hábiles posteriores a la presentación de la solicitud, en la Oficina de Representación que corresponda.
El plazo de resolución es de hasta 15 días hábiles.
Previo a que se emita la resolución correspondiente, la SE y el SAT, conjunta o separadamente, realizarán una visita de verificación del lugar o lugares a que se refiere el inciso b) del Reporte de Contador Público Registrado.
Es importante contar con los datos contenidos en el siguiente archivo adjunto para el llenado en la plataforma VUCEM, favor de descargar:
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