Debes registrar tus establecimientos, cuando realices actividades de comercio, servicios, turismo; industriales, extractivas, de transformación y sus servicios, y te encuentras establecido y sujeto a un régimen fiscal.
El registro se hace sólo en caso de que exista una Cámara Empresarial, nacional o estatal, autorizada por la Secretaría de Economía para la actividad que realiza el establecimiento, toda vez que este trámite se realiza a través de las Cámaras Empresariales.
Si por tu actividad y ubicación, dos o más Cámaras Empresariales pueden registrar al establecimiento, tienes la opción de elegir la que desees.
Costo( ver detalles ) |
MXN
2210
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Lun: | 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00 |
Mar: | 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00 |
Mié: | 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00 |
Jue: | 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00 |
Vie: | 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00 |
Sáb: | cerrado |
Dom: | cerrado |
Para establecimientos sector comercio | |
o
MXN
100
Hasta 2 empleados
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o
MXN
300
Sólo 3 empleados
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o
MXN
640
4 empleados o más
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Para establecimientos sector industria | |
o
MXN
150
Hasta 2 empleados
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o
MXN
350
De 3 a 5 empleados
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o
MXN
670
6 empleados o más
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