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Este trámite deberán realizarlo las sociedades que deseen obtener la posibilidad de importar con arancel ad-valorem preferencial, es decir, un porcentaje del valor de las mercancías importadas (Impuesto General de Importación) para ser utilizados en la elaboración de productos específicos, independientemente de que las mercancías a producir sean destinadas a la exportación o al mercado nacional.
Deberás requerír la autorización del programa PROSEC, modalidad:
*Productor directo, cuando la persona moral manufactura las mercancías señaladas en el artículo 4 del Decreto PROSEC, empleando los bienes mencionados en el artículo 5 del mismo, según corresponda al sector.
Selecciona cada trámite en la columna de pasos que se encuentra a la izquierda.