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Buscaste lo siguiente Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Programa IMMEX) share
Cuando se realice un proceso industrial de elaboración o transformación de mercancías destinadas a la exportación.
Cuando se realicen o se presten servicios de exportación, únicamente para el desarrollo de las actividades que la Secretaría determine, las cuales se encuentran listadas en el Anexo 3.2.9 de las Reglas y Criterios de Carácter General en materia de Comercio Exterior de la Secretaría de Economía.
Cuando una o varias empresas extranjeras le faciliten la tecnología y el material productivo, sin que estas últimas operen directamente el Programa.
Cuando una empresa certificada que no cuente con instalaciones para realizar procesos productivos, realice las operaciones de manufactura a través de terceros que registre en su Programa.
Cuando en un mismo programa se integren las operaciones de manufactura de una empresa certificada denominada controladora y una o más sociedades controladas.
Las empresas que cuenten con IMMEX, deben registrar y mantener permanentemente actualizados los domicilios en donde realizan sus operaciones al amparo del programa: plantas, bodegas, almacenes o domicilio fiscal en los que se mantienen o mantendrán las mercancías importadas temporalmente.
Se lleva a cabo cuando la empresa ha exportado al menos el 70% de la autorización anterior del volumen determinado por la Secretaría de Economía de las mercancías señaladas en Anexos I BIS, I TER, II del Decreto IMMEX.
Este proceso permite a las sociedades que ya cuenten con el Programa IMMEX, adicionar nuevos productos de exportación y bienes de importación a los que ya se tienen autorizados en el Programa IMMEX.
Este trámite permite a las sociedades mantener los beneficios del Programa IMMEX, cumpliendo con la obligación de presentar su reporte anual de operaciones de comercio exterior.