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Debe obtener permiso de adquisición ante la Secretaría de Relaciones Exteriores y posteriormente formalizar la compraventa ante notario.
La zona costera o fronteriza abarca cien kilómetros a lo largo de las fronteras y cincuenta a lo largo de las playas.
Puede obtener derechos de uso sobre el inmueble, pero no comprarlo, para lo cual debe acudir con un banco, quien deberá obtener permiso para constituir un fideicomiso ante la Secretaría de Relaciones Exteriores y posteriormente formalizar el fideicomiso ante notario público.
La zona costera o fronteriza abarca cien kilómetros a lo largo de las fronteras y cincuenta a lo largo de las playas.